Protección física y protección legal: Proteger el diseño, en el sentido de que no pueda ser duplicado es técnicamente imposible, ya que en algún momento su formato tendrá forma compatible con máquinas de bordar, y la duplicación es inmediata. En cambio, es posible protegerse de la duplicación ilegal obteniendo los derechos de explotación de los mismos, y consiguiendo de esa forma la propiedad del trabajo realizado; pudiendo reclamar legalmente ante cualquier violación, como puede ser la duplicación sin su debida autorización. Usted puede protegerse legalmente mediante el registro de los mismos en la D.N.D.A (Dirección Nacional del Derecho de Autor). No obstante, en ningún caso (ni para obras publicadas ni para obras inéditas) el depósito y registro en la D.N |
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.D.A. tiene efecto constitutivo de derechos, ni otorga la propiedad intelectual a quien en definitiva no resulte autor, ni transforma en obra protegida aquello que no reviste las condiciones requeridas por la Ley y la jurisprudencia que la interpreta.Se trata simplemente de un certificado que atestigua el cumplimiento de una formalidad administrativa y no crea otra cosa que una presunción de propiedad intelectual, que puede ser destruida con cualquier medio de prueba idóneo.Sin embargo, se recomienda el cumplimiento de la formalidad puesto que el certificado de registro constituye un documento verdaderamente eficiente cuando se debe acudir a la justicia buscando protección contra la actuación de un infractor. |